Tubará
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      1883
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Esta Pagina fue actualizada: May 11, 2008
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Palacio.org

ARCHIVO de  la HISTORIA
del
PETROLEO
Administrador
Infantas 2 vs
Propiedad
Leyes
Otros
" Si te cierran una Puerta,
                                         utiliza tu Vision y tus Fuerzas...
                                                                                              para  abrir Cien mas!!!".
                                                                                                                                                    Cucubano,I.M.L.
Eres un Peregrino en la Gran familia,dejar:Un Mundo
Mejor que el recibido,es parte de Nuestra Mision.

Esta es una de las Puertas que puedes Abrir.Y con Tu
Vision, ampliar!. Y con tu Fuerza, fortalecer!
Para que Tu Huella, dignifique la iniciada por Otros!

Conoce el Verdadero Suceso,sobre: Los Inicios de las
Exploraciones de Petroleo en la Costa del Caribe y las
razones para impedir Desarrollarse su Cuenca (TUBARA) desde USA,como llegar a manipularse la Historia y el tratar de no reconocerse su Dominio Privado,con unos tecnisismos legales por el MinMinas y Energia.Alerta!
  Webmaster : Wanda I. Palacio Velez
Exploracion
Allied Energy
             ~ In Memorian ~
                   REPI / 99'
~ REFINERIA DE BARRANCABERMEJA ~
               Foto: Dick Bancroft
"Justicia tardia,...no es JUSTICIA"
     Departamento del Atlantico
CUNA DE LA AVIACION CIVIL EN
                   AMERICA
                    SCADTA
            05 - Junio - 1919
                        ~ * ~
  ~Nombre,Similitudes y Origenes ~
" TUBARA - MA "  Concierto y Tradicion
"PASTO BOHIO" / "PASPALUM"

Planta para hacer Bohio,Sogas,
Artesanias... y Otros Articulos.
LA  VERDADERA HISTORIA
  Te Invitamos, a conocer mas Informacion e Intercambiar Opinion sobre este Tema y en donde los
  los Excesos de Poder y el Abuso de Funcionarios del Servicio Publico nos lleva a cuestionarles.
 
  Ayer dimos la Batalla:La Hon. Corte Suprema de Justicia reconocio Nuestros Titulos en Derecho     Excepcional de Propiedad Privada,en Sentencia del 10 de Octubre de 1942 (Ley 20 de 1969-Art:1 y 13)
 
  Bajo Tecnicismos Legales y al Amparo de la nueva Ley 97 de 1993-Art: 1 y 2,se pretende cambiar
  nuevamente un Hecho Historico y Racional:"Descubrimiento de Hidrocarburo,a mas tardar el 22
  de Diciembre de 1969".Se pretende reinventar la Rueda? Que se Descubrio y se Reconoce en el
  1883? Que pasa con la Ley y el Aviso N-17, del 17 de Febrero de 1943?. En un Pais, en donde las
  Instituciones no garantizan los derechos adquiridos en Ley,no se respeta la Historia y se busca
  dilatar el Sistema de Derecho,genera la Desconfianza de sus Ciudadanos y los Inversionistas de
  la Industria Nacional e Internacional.


  Hoy damos la Batalla:En el Hon. Consejo de Estado,para refrendar los Derechos de la Propiedad
  Privada de Corintuba,reinvindicando la Ley y la Historia. Hoy el Turno es de Nosotros,Manana de
  Quien sera?. Cual sera el nuevo intento de parar el Desarrollo de la Cuenca de Tubara? Para que
  Intereses sirven Nuestras Instituciones?. No dejemos que este atropello genere mas Caos y nos
  cunda como el Cancer del Mal Ejemplo y cubra otras Ramas, como el Caso del Dr. E. Patarroyo !!!

                                                              ~  RECUERDA  ~
             Si No Somos Parte De La Solucion, Seguimos Siendo Parte Del Problema !      
             Tu Opinion Cuenta: Es Importante Para  Nosotros Y El Respeto Que Logremos Juntos !
                                
                                           ~* What Should We Talk About ? / De Que Hablamos ? *~
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                           ~ * ~
~LOCKHART  OIL  BAN = Guerra Fria 1~
  La Seguridad del Canal,a cambio de:
  Detenerse el Potencial del Caribe y el    de la Cuenca de Tubara, desde 1883?

   PLAN  COLOMBIA = Guerra Fria 2 ?
            Is This a 2nd. OIL  BAN ?
SELLO  POSTAL-PETROLEO
                 1932
SELLO  POSTAL-PETROLEO
              1935
      SELLO  POSTAL-PETROLEO
                            A
   Reversion: / Creacion:
  DE  MARES / ECOPETROL
                 1951
SELLO  POSTAL del CORREO NACIONAL de COLOMBIA

                                             A
            PIONEROS  DEL  PETROLEO
           Manuel Maria Palacio Vargas
                               1996
           MUELLE
                DE
  PUERTO  COLOMBIA
              MUELLE
                    DE
     PUERTO  COLOMBIA
Hama na. Ya. Guare antui. Taya.                                             HONORABLE...                                                          SIGLO  Y  MEDIO  DE
                   Mokana                                                                             MINISTERIO                                                                'Iguaranato'
                                          Ministro... en Desgracia
                            (Vea, en: 'Mapas', una actualizacion de su proceso)

                                  EXPLOTAR!   O    ESTORBAR?
CARTA  ABIERTA
          " TRILOGIA"                                 " COMERCIAL"

                                 AHORA  O  NUNCA

                  E$CANDALO$       Y        ENGRACE$
Cuencas de Petroleo
             en
          America
  Formacion Tubara
Seguridad del Canal
             Vs.
Desarrollo Nacional
/   Anterior Edición: Mayo 01, 2002
                                    Julio 02, 2007
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PROTOCOLO
ESTADOS UNIDOS lo registra         COLOMBIA no la reconoce
Este reporte de 1889, del Consulado de Estados Unidos en Barranquilla, registra lo siguiente:

"An American mining engineer has lately reported petroleum in very considerable quantities to exist in Tubara, 12 miles froim Barranquilla, and within the limits of this consular district".

"Un ingeniero de minas americano reporto ultimamente existencia de petroleo en cantidades muy considerables en Tubara, 12 millas de Barranquilla, y entre los limites de este distrito consular".
Quien desde su sentencia de 1942 por la Hon. Corte Suprema de Justicia, que le da la titularidad y reconocimiento excepcional de propiedad privada del petroleo en su subsuelo, debio registrarse en el archivo del Ministerio de Minas y Energia, como de Ecopetrol, porque NO lo exige la Ley y su Aviso 17, segun el Codigo de Petroleos del Pais.

Inicialmente se cumplia a cabalidad, pero tras surgir la nueva Ley 10 de 1961, se trata de ignorar el registro y la Comunidad de no seguir ese debido proceso, solo se le multa y no se le expropia de facto o exigirle un hallazgo comercial, de forma extra judicial porque no lo exige la actual interpretativa Ley 97 de 1993.
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Pero, hasta en ALEMANIA lo saben...desde 1930
Y el 2 de junio de 1946,...en el Departamento del Atlántico, se continuaban esfuersos
para explotar el petróleo de propiedad privada de la Familia Palacio Vargas (hoy en sus Sucesores, en la llamada Comunidad de Condueños del subsuelo del Antiguo Resguardo Indigena de Tubará, reconocida por las siglas de Corintuba) y quien en contrato con la Tropical Oil Co-Troco, inaugura el pozo Tubará 1, en jurisdicción del mencionado Municipio.

Con la asistencia del señor Ministro de Minas y Petróleos, el Obispo de Barranquilla, el Gobernador del Departamento, el Alcalde de Barranquilla y numerosos invitados. La misma, de darse hoy, no habria motivos para no estar presentes estos funcionarios del Estado, Municipales, Departamentales y la Curia, porque con los cambios de Leyes y Decretos que han intentado (como a Cusiana) nacionalizar o expropiar de facto, han sido vanos; pues tanto por la Sentencia de la Hon. Corte Supremna de Justicia en 1942, como por su hallazgo Pionero en 1883, cumple a cabalidad con la Ley y su Derecho constitucional protegido por las exepcionalidades del Art. 332 de nuestra Carta Magna de 1991.
Articulo del periodico La Prensa, del 3 de junio de 1946
ARCHIVO HISTORICO del DEPARTAMENTO del ATLANTICO
Cortesia de Helkin A Nuñez Cabarcas
  MAXIMO GRIS
Federal Oil Conservation Board, United States-Reportes sometidos al Presidente de Estados Unidos de America, 1926 a 1932
Reports submitted to the President of the United States as follows: 1st, September, 1926. 2d, January, 1928. 3d, February 25, 1929. 4th, May 28, 1930. 5th, October, 1932.
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BANCO DE LA REPUBLICA







DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIONES ECONOMICAS
BOGOTA

LA MINERIA EN COLOMBIA
EL PETROLEO

BOLETIN   GRAFICO  Nº 11
DICIEMBRE DE 1950
___________________________________________
TALLERES GRAFICOS DEL BANCO DE LA REPUBLICA

II -   RESEÑA  HISTORICO  -   INDUSTRIAL
Página 6

La historia Petróleo en Colombia se inicia en 1866. Don Manuel Palacio noto la existencia del producto en Tubará región cercana a Barranquilla y después de gestiones y ensayos diversos logro obtener por sistemas rudimentarios, alrededor de 50  barriles diarios del mineral, durante algún tiempo.

El empresario no pudo interesar a las compañías petroleras y el ensayo de la explotación fue abandonado. En el año de 1887 don Jorge Isaac, buscando carbón en la costa Atlántica descubrió manifestaciones petrolíferas en la vertiente Oriental del Golfo de Urabá.

A principios del presente siglo, el 1904 don José Joaquín Bohórquez observo la existencia del petróleo en las inmediaciones de Barrancabermeja; estos manaderos eran conocidos de antiguo por los indígenas y fueron descubiertos por los conquistadores Españoles, capitanes de Joan de Junco y Gómez del Corral compañeros de Don Gonzalo Jiménez de Quesada, quienes en 1541comunicaron su hallazgo al cronista Gonzalo Fernández de Oviedo en la Isla de Santo Domingo en 1810, Don José Ignacio Pombo tuvo también ocasión de visitar estos yacimientos donde Roberto de Mares se puso en relación con Bohórquez al tener noticia del descubrimiento, celebro en 1905 un contrato con el Gobierno Nacional para la explotación del petróleo y asfalto, gestiono luego la formación de una empresa explotadora y en 1919 traspaso sus derechos a la Tropical Oil Company. Esta concesión ocupa 512.000 hectáreas, en territorio del departamento de Santander, entre los Ríos Sogamoso y Carare.

En el año 1905 el Gobierno otorgo al General Virgilio Barco la concesión que lleva este nombre la cual esta situada en la región del río Catatumbo colindante con  Venezuela en el Departamento del Norte de Santander. En los territorios de esta concesión se refino por este tiempo el petróleo crudo obtenido de un rezumadero. También en esa época Don Higinio Bunch logro refinar petróleo en su hacienda Guaicaramo la intendencia del Meta cuyos productos derivados vendían en Bogota. El rezumadero del cual se  obtuvo el petróleo existe aun.

En 1907 se hicieron las primeras perforaciones en busca de yacimientos petrolíferos en “Las Perdices”  lugar de los alrededores de Barranquilla y en 1914 la Tropical Oil Company y la Socony Vacuuni Oil Company renovaron las actividades exploratorias de Tubará, Municipio del departamento de Atlántico en donde por primera vez se había explorado el territorio del país para hallar el codiciado mineral. De 1907  a 1912 se terminaron 11 pozos que fueron abandonados por haber dado resultados negativos. 1909 don Diego Martínez fundo en Cartagena la empresa Cartagena Oil Refining Company y mediante contrato celebrado con el gobierno en 1914, monto una planta para refinar petróleo crudo traído de los Estados Unidos, la cual subsistió hasta 1920.

Los primeros trabajos de perforaciones en la concesión de Mares se efectuaron en 1916 y se comprobó la existencia de un yacimiento petrolífero en el anticlinal “Infantas”. En 1920 el General Barco logro interesar a la firma Henry L. Doherty  & Co. de Nueva York  para financiar la exploración con taladro en los terrenos de su concesión y en tal virtud se perforo el pozo Oro Nº 1 de 273 metros de profundidad que descubrió el yacimiento “Río de Oro” el cual hasta la fecha se han perforado 13 pozos 10 de ellos productivos.  La Colombia Petroleum Company intensifica actualmente para explotar este yacimiento comercialmente.

En 1923 el gobierno nacional  autorizo a la Andian Nacional Corporation para atender un oleoducto de 800km el que fue construido y dado al servicio en una longitud de 538.3 Km. desde los terrenos de la concesión de mares en Barrancabermeja, hasta el Puerto de Mamonal cerca de Cartagena. Este Oleoducto que desde 1926 a permitido la explotación en grande escala de aquella concesión puede ser utilizado por cualquier otra empresa o concesión petrolera. Hoy en día se utiliza también los petróleos de las concesiones de Yondo, Cantagallos y El Difícil. Al principio se despachaban por esa tubería un promedio de 27.000 Barriles diarios. Luego fue aumentada la capacidad de transporte en proporción a las cantidades producidas especialmente en los años 1927, 1937 y 1945 hasta llegar en 1950 a 62.000  Barriles diarios.

En 1924 la Richmond Petroleum Company perforo dos pozos en la región de Usiacurí 24 Km. al sur de Barranquilla que fueron abandonados por dificultades en los trabajos de perforaciones. Posteriormente la misma compañía inicio labores para perforar varios pozos en los municipios del Carmen y San Jacinto en el Departamento de Bolívar. Los resultados, después de adelantar por algún tiempo los trabajos fueron negativos también en el área de Repelón y Rotinet, en las Vecindades de la Población de Arenal del Departamento del Atlántico. La Richmond llevo a cabo las perforaciones de varios pozos, se encontró gas e indicios de petróleo pero las formaciones del estable impidieron la continuación de estos trabajos.
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PROPIEDADES CUYO SUBSUELO PETROLIFERO HA SIDO RECONOCIDO DE DOMINIO PRIVADO POR EL ESTADO
Página 16 B

1.El Guáimaro, Arboletes, María Elena, Del Rey, Aura María, Las Tres Carmenes de Playa Larga y El Imposible.
Ubicación: Municipio de Lorica, Cereté y Montería. Departamento de Córdoba.
Propietario y Contratista: Compañía Explotadora de Petróleos, S. A.
Extensión aproximada: 6.700 Hectáreas.
Fecha de reconocimiento: Agosto 31 de 1936.

2.La Primavera
Ubicación: Municipio de Guaduas. Departamento de Cundinamarca.
Propietario y Contratista: Hubert Kildare Long.
Extensión aproximada: 1.777 Hectáreas.
Fecha de reconocimiento: Enero 18 de 1937.

3.Parcialidad de Indígenas de San Sebastián de Urabá y San Nicolás de Bari.
Ubicación: Municipio de Lorica. Departamento de Bolívar.
Propietario y Contratista: Municipio de Lorica. Compañía de Petróleos de Lorica.
Extensión aproximada: 2.400 Hectáreas.
Fecha de reconocimiento: Febrero 22 de 1937.

4.Terán, Guaguaquí.
Ubicación: Territorio Vázquez, Muzo y Yacopi. Departamento de Boyacá y Cundinamarca.
Propietario y Contratista: Texas Petroleum Company.
Extensión aproximada: 127.205 Hectáreas.
Fecha de reconocimiento: Enero 9 de 1939.

5.Buen Retiro, Hidalgo y Hato Grande.
Ubicación: Municipio de Armero. Departamento del Tolima.
Propietario y Contratista: Francisco Vargas y Hermanos. Compañía de Petróleos Shell de Colombia.
Extensión aproximada: 3.372 Hectáreas.
Fecha de reconocimiento: Abril 12 de 1940.

6.Arado y Conejo o Japón.
Ubicación: Municipio de La Dorada. Departamento de Caldas.
Propietario y Contratista: Luisa Robledo de Gómez y Roberto Robledo. Richmond Petroleum Company.
Extensión aproximada: 2.064 Hectáreas.
Fecha de reconocimiento: Febrero 13 de 1941.

7.Los Balsos, San Juan y San Lorenzo.
Ubicación: Municipio de Bolívar. Departamento de Santander.
Propietario y Contratista: Compañía de Petróleos de Guayabito.
Extensión aproximada: 5.000 Hectáreas.
Fecha de reconocimiento: Junio 16 de 1941.


8.Piedras (Posesión de Vilivili).
Ubicación: Corregimiento de Uribe. Departamento de El Meta.
Propietario y Contratista: Union Oil Company of Nevada.
Extensión aproximada: 10.000 Hectáreas.
Fecha de reconocimiento: Junio 8 de 1942.

9.Apa y Juncal, San Bartolomé de Amoyá y otros.
Ubicación: Municipio de Chaparral. Departamento del Tolima.
Propietario y Contratista: Manuel J. Peña, Carlos Iriarte, Simón Hernández y otros. Texas Petroleum Company.
Extensión aproximada: 14.276 Hectáreas.
Fecha de reconocimiento: Agosto 5 de 1942.

10.Hambarga.
Ubicación: Municipio de Honda y Mariquita. Departamento del Tolima.
Propietario y Contratista: Erdmann Conde de Pedewils. Compañía de Petróleos Shell de Colombia.
Extensión aproximada: 1.445 Hectáreas.
Fecha de reconocimiento: Agosto 26 de 1942.

11.Resguardo de Indígenas de Tubará.
Ubicación: Municipio de Tubará. Departamento del Atlántico.
Propietarios y Contratista: Comunidad de Condueños.
Extensión aproximada: 16.500 Hectáreas.
Fecha de reconocimiento: Octubre 10 de 1942.

Fuente: “La Minería en Colombia”. EL PETROLEO.
Boletín Grafico No. 11. Diciembre de 1950. Pagina 6 y 16b, Cuadro IV.
Banco de la Republica. Departamento de Investigaciones Económicas. Bogotá.
Talleres Gráficos del Banco de la Republica.
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¿Qué paso luego?, que el deber ministerial no registro a la reconocida propiedad privada de CORINTUBA y ECOPETROL se aprovecho e hizo de oidos sordos para pedirla para si a la ANH en el 2004 (Sin indemnizar, como hoy tiemblan y exigen cuando se toca la fibra nacional, pero en casa se nos pisotea) y la Ley 10 de 1961 no expropía por falta de Registro, ni de facto, ni extra judicialmente acepta remiendos por simple uso y costumbre, sino que claramente dice que se multa a $ 1.000 por Mes.
¿Qué paso Sr. Ministro Villamizar, que hay detras de todo y contra esta Comunidad?
  LEY 10 DE 1961 (MARZO 16)
por el cual se dictan disposiciones en el ramo de petróleos.








El Congreso de Colombia
DECRETA:

Artículo 1. Establécese el registro en el Ministerio del ramo, de todas las providencias administrativas y de las sentencias judiciales que reconozcan y declaren definitivamente la propiedad privada del petróleo y también de los actos y contratos que con posterioridad a dicho reconocimiento trasladen o muden el dominio de los subsuelos respectivos, o les impongan gravámenes o limitaciones de cualquier naturaleza. Este registro deberá practicarse por los interesados , dentro de los dos meses siguientes a la ejecutoria de la providencia administrativa o de la sentencia judicial que reconozca y declare la propiedad privada del petróleo o de la fecha del acto o contrato que, con posterioridad a dicho reconocimiento, traslade o mude el dominio del respectivo subsuelo, lo grave o limite en cualquier forma. La renuencia en el cumplimiento de esta obligación será sancionada con multas sucesivas de un mil pesos ($1,000.oo) moneda corriente, por cada mes de demora en hacer el registro, que serán impuestas a favor del Tesoro Nacional por el Ministerio de Minas y Petróleos. Los reconocimientos hechos con anterioridad a la promulgación de esta Ley y que aún no se hubieren registrado, serán inscritos dentro del término de seis (6) meses contados desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial bajo las mismas penas señaladas en este artículo.

El registro tendrá las siguientes finalidades especificas:

1.     Llevar la estadística de los petróleos de propiedad particular existentes en el país.

2.     Poner al alcance de todos el estado y situación de estas propiedades.

3.     Dar mayores garantías de autenticidad y seguridad a los reconocimientos sujetos al registro haciendo intervenir en su guarda y conservación un alto organismo del Estado.
Tabla descriptiva d